La SCJN resuelve dos criterios clave sobre el personal de la Fiscalía General de la República
El 15 de Julio del 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió dos resoluciones relevantes sobre la relación laboral del personal de la Fiscalía General de la República (FGR).
En el primer caso, el Pleno determinó que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) es competente para conocer de los juicios que promueva el personal sustantivo de la FGR cuando impugnen la terminación de su relación administrativa, como la no renovación de su nombramiento, así como el pago de prestaciones derivadas. El asunto surgió porque varias Salas del TFJA se habían declarado incompetentes, al considerar que la FGR, por ser un órgano constitucional autónomo, no formaba parte de la administración pública federal. La Corte concluyó que debe aplicarse la competencia "por afinidad" que ya reconoce a los tribunales administrativos en conflictos de separación de instituciones de seguridad y procuración de justicia, ya que la autonomía de la FGR no puede traducirse en dejar sin control judicial las decisiones sobre su personal. También aclaró que reclamar prestaciones adicionales no cambia la naturaleza administrativa de la relación laboral. En consecuencia, ordenó al TFJA admitir y tramitar estos juicios.
En el segundo caso, la Corte resolvió que los Lineamientos L/003/19, que regulan al personal que transitó de la extinta PGR a la FGR, siguen vigentes mientras no se publique el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera de la FGR. El asunto se originó por la impugnación de un elemento de la Policía Federal Ministerial contra su procedimiento de separación. La Corte concluyó que estos lineamientos forman parte del régimen de transición y no han perdido vigencia con la Ley de la FGR de 2021.
Ambas resoluciones se emitieron el 7 de julio de 2026: los Amparos Directos 53, 50 y 51 (todos de 2025) para el primer caso, y el Amparo en Revisión 107/2026 para el segundo.
